REGLAMENTO INTERNO DE CREACIÓN DE COMISIONES DEL DEPARTAMENTO DE SEÑALES Y COMUNICACIONES


Artículo 1.- Fundamento

El Departamento de Señales y Comunicaciones, para su funcionamiento, podrá crear comisiones de trabajo. La creación de las mismas se hará en un Consejo de Departamento donde irá como punto específico en el orden del día.

Artículo 2.- Composición

Se respetará que haya una representación mínima de profesores, PAS y alumnos. En el momento de creación el Director hará una propuesta de composición al Consejo de Departamento.

Artículo 3.- Acuerdos

Los acuerdos tomados en cada Comisión quedarán reflejados en acta donde además constarán los asistentes. Dichos acuerdos serán remitidos al Consejo de Departamento para ser informados y ratificados si procede.

Artículo 4.- Entrada en vigor y vigencia

4.1.- Las comisiones entrarán en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Departamento.
4.2.- El Consejo de Departamento determinará la vigencia de cada Comisión en el momento de su creación.

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